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Mensaje por MARIAA Lun 19 Abr 2010 - 11:04

Además de muchas que no se pueden leer perfectamente en castellano, cosa que se le exige al Tribunal al preguntar, por no concondar en número el sujeto y el predicado, es decir, han cortado y pegado sin leer lo que ponían y les han salido muchas que gramaticalmente no hay por donde cogerlas, mala puntuación etc. Están estas otras también:
-La que pregunta sobre información reservada en un procedimiento disciplinario: no entra en el temario
-Las que se refieren a los contratos de formación : no entran en el temario
-La referente a la obligación del perceptor de una pensión de jubilación no contributiva: Lo que debe comunicar es la VARIACION en su estado civil
-En la que se pregunta por la delegación de competencias cuando se requiera informe preceptivo para resolver: está tan mal redactada que no se entiende y además la respuesta que da como correcta no lo es-
-En la que se pregunta por el plazo máximo de resolución expresa hay dos respuestas correctas: la b y la d
- Las dos sobre Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora: No entran
-La Ley de Prevención de Riesgos laborales de la Junta de Extremadura: no existe tal ley, la resolución sobre la que se pregunta es sobre aplicación de la ley de Prevención de Riesgos Laborales (estatal) "en" la Junta de Extremadura.
-La pregunta sobre lo que se requiere para la aprobación del Estatuto de Autonomía: tiene dos respuestas válidas, la mayoría absoluta es una mayoría cualificada.
En fin creo que este tribunal se califica solo.

MARIAA

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Mensaje por Norba Lun 19 Abr 2010 - 15:05

MARIAA escribió:Además de muchas que no se pueden leer perfectamente en castellano, cosa que se le exige al Tribunal al preguntar, por no concondar en número el sujeto y el predicado, es decir, han cortado y pegado sin leer lo que ponían y les han salido muchas que gramaticalmente no hay por donde cogerlas, mala puntuación etc. Están estas otras también:
-La que pregunta sobre información reservada en un procedimiento disciplinario: no entra en el temario
-Las que se refieren a los contratos de formación : no entran en el temario
-La referente a la obligación del perceptor de una pensión de jubilación no contributiva: Lo que debe comunicar es la VARIACION en su estado civil
-En la que se pregunta por la delegación de competencias cuando se requiera informe preceptivo para resolver: está tan mal redactada que no se entiende y además la respuesta que da como correcta no lo es-
-En la que se pregunta por el plazo máximo de resolución expresa hay dos respuestas correctas: la b y la d
- Las dos sobre Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora: No entran
-La Ley de Prevención de Riesgos laborales de la Junta de Extremadura: no existe tal ley, la resolución sobre la que se pregunta es sobre aplicación de la ley de Prevención de Riesgos Laborales (estatal) "en" la Junta de Extremadura.
-La pregunta sobre lo que se requiere para la aprobación del Estatuto de Autonomía: tiene dos respuestas válidas, la mayoría absoluta es una mayoría cualificada.
En fin creo que este tribunal se califica solo.


Gracias María por tus observaciones, a este paso van a faltar preguntas de reserva para el examen.

Norba

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mas preguntas impugnables Empty Duda de como impugnar

Mensaje por almubg4 Lun 19 Abr 2010 - 15:45

Madre mia, por dios, yo tambien estoy repasando el examen y veo muxos fallos, asique cuando termine lo subiré.

tengo una duda:
es la primera vez que voy a impugnar, me podeis explicar como se hace???

saludossssss

almubg4

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Mensaje por anajazira Lun 19 Abr 2010 - 16:30

almubg4 escribió:Madre mia, por dios, yo tambien estoy repasando el examen y veo muxos fallos, asique cuando termine lo subiré.

tengo una duda:
es la primera vez que voy a impugnar, me podeis explicar como se hace???

saludossssss

Hola Almu. Yo tambien voy a impugnar. No tengo ni idea de como quedaria mi examencillo despues de contar o descontar preguntas, pero me da igual, yo lo quiero hacer por que esto todo es muy injusto y no esta bien.
Para impugnar no tienes que hacer nada especial. Sencillamente explicar en un folio las cosas que crees que estan mal.
No hace falta que uses un lenguaje especial, no formulismos de ningun tipo.

Solo has de poner tu nombre y apellidos, direccion (para que te respondan) y quizas DNI pero me parece que ni eso hace falta.

Luego lo puedes presentar en cualquier Centro de Atencion Administrativa, que los hay en los sitios grandes, o incluso en una Oficina de Correos.

Hay que hacerlo antes de 5 dias.

Por supuesto no querran hacer caso, e intentaran que la gente se canse, pero mas cabezonas vamos a ser nosotras que ellos [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

anajazira
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Mensaje por almubg4 Lun 19 Abr 2010 - 17:07

Muchas gracias ana. La verdad que yo tampoco sé como quedaría, pero no nos podemos quedar quietos, querian hacer una criba y es lo que han hecho, asique a seguir mirando y a ver si podemos impugnar más.

Saludos

almubg4

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Mensaje por casber Lun 19 Abr 2010 - 22:12

Hola opositores!

yo también he realizado un escrito con 3 preguntas que, claramente, no dan como respuesta correcta la verdadera...

sólo apuntar una cosa, tenéis que indicar abajo del escrito a quién va dirigido... yo he puesto al presidente del tribunal, pero en otra ocasión que reclamé un examen lo dirigí al Director Gral de Función Pública y me contestaron... suerteee!!!!

casber

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Mensaje por Norba Mar 20 Abr 2010 - 20:12

Yo tengo 12 para impugnar y/o corregir.

Mañana presento el escrito en el CAD

Norba

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Mensaje por anajazira Mar 20 Abr 2010 - 20:26

Norba escribió:Yo tengo 12 para impugnar y/o corregir.

Mañana presento el escrito en el CAD

¡Hola Norba!

Por favor, ¿podrias poner las que tu has seleccionado?

Las tienes en escritas a PC para poder pegarlas aqui y que las miremos.

Muchas Grcias [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

anajazira
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Mensaje por Admin Miér 21 Abr 2010 - 0:58

A parte de lo dicho las causas principales a alegar son:
# La plantilla de corrección del tipo test que se facilita al opositor para la autocorrección estaba equivocada, consecuencia de ello algunos opositores que se autocorrigen ven que no han superado la prueba y no se presentan al ejercicio práctico de la tarde. Con lo que el opositor ha sido inducido a error por el tribunal, no realizando el segundo ejercicio práctico, ya que conforme a las bases no se le corregirá este ejercicio con el primero no superado. Acarreando graves perjuicios al opositor que deberán ser subsanados, con la repetición de la prueba.
# Materia del tipo test que está fuera del temario oficial, por ejemplo; contratos formativos y Reglamento del Procedimiento Sancionador de las Administraciones Públicas. En el supuesto práctico que contiene dos partes principales, una de ellas es del Procedimiento sancionador que es materia que el opositor no se ha preparado por que no entraba tampoco en el temario.
# Un examen en el que se sube el nivel al 60% de las preguntas correctas para poder superarlo, cuando en los grupos A y B que se han examinado para la Junta de Extremadura, se les exige el 50%, y lo coherente es que para un grupo inferior el tribunal sea menos exigente.
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Mensaje por Admin Miér 21 Abr 2010 - 1:00

RECOPILACION:



TEST 1
En la pregunta N.º 2, según establece el último párrafo del Artículo 1 del Decreto 199/2006, de 28 de Noviembre: “Las plazas vacantes reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas, en cualquiera de los sistemas de acceso que a continuación se recogen, se acumularán al cupo de reserva de la Oferta de Empleo Público siguiente, con un límite máximo del 10% para el total de reserva de dicha Oferta”. la respuesta válida es la c) y no la d).

- La pregunta N.º 10, no corresponde con el temario exigido en el programa de la convocatoria, ya que solamente recoge la Función Pública de Extremadura, y por ende el Estatuto Básico del Empleado Público, pero en ningún caso se especifica que en desarrollo de ambas quede incluido el Real Decreto 33/1986, de 10 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado, de donde se extrae dicha pregunta.

- En la pregunta N.º 11, conforme al apartado 4 del Artículo 22 del Estatuto Básico del Empleado Público: “Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, salvo aquéllas a las que se refieren los apartados c) y d) del artículo 24.”

Artículo 24, apartados c) y d):

c) El grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos.
d) Los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo.

De todo lo anterior se deduce, que tanto el complemento de destino como el complemento específico compondrán las pagas extraordinarias, en base a lo cual la pregunta correcta será la b) y no la a).

- De la misma manera que en la pregunta anterior y teniendo en cuenta el mismo Artículo citado, en la pregunta N.º 13, las respuestas correctas serán tanto la a) como la d).

- En la pregunta N.º 25, efectivamente es cierto que deba comunicar su estado civil al Organismo que gestiona su pensión, así como las variaciones en su convivencia, residencia, etc. Pero también es cierto que deba presentar anualmente una declaración de sus rentas e ingresos y los de su unidad familiar de convivencia en impreso – formulario que a este fin se le remita por el Organismo Gestor de su pensión. Por tanto serían correctas tanto la opción b) como la c).
Artículo 149 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

- Las preguntas N.º 40 y N.º 41, no corresponden con el temario exigido en el programa de la convocatoria, ya que recoge la potestad sancionadora en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, pero en ningún caso especifica en desarrollo de esta Ley que tenga que hacerse referencia al Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de donde se extraen las dos preguntas.

- La pregunta N.º 56, según el apartado 1 del Artículo 215 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público: “A los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho periodo de tiempo…”. De lo cual se deduce que la opción correcta es la c) y no la a).

- Con respecto a la pregunta N.º 79, y en referencia al apartado 1 del Artículo 16 de la Constitución Española: “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley”. Dicho artículo queda encuadrado dentro de la Sección 1ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas del Capítulo II del Título I. En conclusión a lo expuesto, la respuesta correcta será la a) y no la c).

La nº27
sobre la 30/92 la respuesta correcta es la b y no la a

Nº39
es la de la indemnizaciónla respuesta correcta es la a, no la b

nº24
jubilación anticipada

Nº53
Certificaciones mensuales en los primeros 10 días del mes siguiente: ninguna de las soluciones es válida

nº 89: las respuestas a) b) y c), son correctas

Nº94
-Aprobación expediente contratación obras de 1 millón de € (94 en el 1): Según la ley de patrimonio 2010, la respuesta a sería correcta.
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Mensaje por ANTONIO31052008 Miér 21 Abr 2010 - 12:44

No me parece que sea una criba, me parece una injusticia que juegen con nuestro esfuerzo, mientras nosotros tenemos que hacer un examen casi perfecto, ellos no se molestan y en redactar bien un examen, eso si cobraremos las dietas de las reuniones de trabajo, que verguenza.

A impugnar todos........ aunque solo sea para que en el de auxiliar esten mas atentos, porque aqui veo dificil solucion.
animo compañeros ..........

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Mensaje por Admin Miér 21 Abr 2010 - 12:59

Tenéis a vuestra disposición el modelo de reclamación listo para imprimir.
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Mensaje por chiquinino Jue 22 Abr 2010 - 13:51

Comunicado del tribunal:
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Mensaje por Admin Jue 22 Abr 2010 - 13:56

gracias chiquinino por el aporte
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Mensaje por melver Jue 22 Abr 2010 - 15:27

NI CORRIGIENGO LO HACEN BIEN: AHORA DICEN QUE ES LA A

En materia de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio, sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños:



a) Que se deriven de hechos que se hubiesen podido evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia existentes en el momento de producción de aquéllos.



b) Que se deriven de circunstancias que no se hubiesen podido prever según el estado de los conocimientos de la técnica existentes en el momento de producción de aquéllos.



c) Que el particular tenga el deber jurídico de soportar el daño de acuerdo con la Ley.



d) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

ES LA D LA PREGUNTA DICE CLARAMENTE sólo serán indemnizables[/b] las lesiones producidas al particular provenientes de daños:
POR LO CUAL SI UNIMOS PREGUNTA Y RESPUESTA NOS DARÁ LO SIGUIENTE:

En materia de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio, sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños:

Que se deriven de hechos que se hubiesen podido evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia existentes en el momento de producción de aquéllos.

ACASO LA CIENCIA DICE ALGO DE LAS EXPROPIACIONES O ESO NO ES UNA LESIÓN DE MIS INTERESES. O UN DAÑO A MI PATRIMONIO. O ACASO SE LES A OLVIDADO PONER DAÑOS FISICOS.
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Mensaje por ANMANM Jue 22 Abr 2010 - 15:53

¿En manos de quien estamos? ¿Esta gente nos va a valorar?

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Mensaje por Norba Jue 22 Abr 2010 - 19:18

melver escribió:NI CORRIGIENGO LO HACEN BIEN: AHORA DICEN QUE ES LA A

En materia de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio, sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños:



a) Que se deriven de hechos que se hubiesen podido evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia existentes en el momento de producción de aquéllos.



b) Que se deriven de circunstancias que no se hubiesen podido prever según el estado de los conocimientos de la técnica existentes en el momento de producción de aquéllos.



c) Que el particular tenga el deber jurídico de soportar el daño de acuerdo con la Ley.



d) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

ES LA D LA PREGUNTA DICE CLARAMENTE sólo serán indemnizables[/b] las lesiones producidas al particular provenientes de daños:
POR LO CUAL SI UNIMOS PREGUNTA Y RESPUESTA NOS DARÁ LO SIGUIENTE:

En materia de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio, sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños:

Que se deriven de hechos que se hubiesen podido evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia existentes en el momento de producción de aquéllos.

ACASO LA CIENCIA DICE ALGO DE LAS EXPROPIACIONES O ESO NO ES UNA LESIÓN DE MIS INTERESES. O UN DAÑO A MI PATRIMONIO. O ACASO SE LES A OLVIDADO PONER DAÑOS FISICOS.

Tienes toda la razón. Ni siquiera saben rectificar.
Qué gracia me ha hecho cuando he leido...."Advertido de OFICIO errores materiales..." ¿Han tardado cuatro días en advertir los errores materiales cuando los opositores los advertimos el mimo día del examen?
Si al menos hubieran publicado la plantilla en el SIA ya corregida, pero ni eso... después de 4 días. Y no están todas las que son.

Este Tribunal NO está capacitado para corregir ningún examen. Han demostrado su incapacidad ABSOLUTA.
QUE LOS CESEN Y PASEN A RESOLVER LAS RECLAMACIONES EL TRIBUNAL SUPLENTE, ASÍ COMO A CORREGIR LOS EXÁMENES.
ES UNA VERGÜENZA.
Lo que comentaban en otro mensaje. Han querido escupir tan alto que les ha caido en su cara.
En el Extremadura siguen hablando del tema.

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Mensaje por extremoduro Jue 22 Abr 2010 - 20:49

Admin escribió:RECOPILACION:



TEST 1
En la pregunta N.º 2, según establece el último párrafo del Artículo 1 del Decreto 199/2006, de 28 de Noviembre: “Las plazas vacantes reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas, en cualquiera de los sistemas de acceso que a continuación se recogen, se acumularán al cupo de reserva de la Oferta de Empleo Público siguiente, con un límite máximo del 10% para el total de reserva de dicha Oferta”. la respuesta válida es la c) y no la d).

- La pregunta N.º 10, no corresponde con el temario exigido en el programa de la convocatoria, ya que solamente recoge la Función Pública de Extremadura, y por ende el Estatuto Básico del Empleado Público, pero en ningún caso se especifica que en desarrollo de ambas quede incluido el Real Decreto 33/1986, de 10 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado, de donde se extrae dicha pregunta.

- En la pregunta N.º 11, conforme al apartado 4 del Artículo 22 del Estatuto Básico del Empleado Público: “Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, salvo aquéllas a las que se refieren los apartados c) y d) del artículo 24.”

Artículo 24, apartados c) y d):

c) El grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos.
d) Los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo.

De todo lo anterior se deduce, que tanto el complemento de destino como el complemento específico compondrán las pagas extraordinarias, en base a lo cual la pregunta correcta será la b) y no la a).

- De la misma manera que en la pregunta anterior y teniendo en cuenta el mismo Artículo citado, en la pregunta N.º 13, las respuestas correctas serán tanto la a) como la d).

- En la pregunta N.º 25, efectivamente es cierto que deba comunicar su estado civil al Organismo que gestiona su pensión, así como las variaciones en su convivencia, residencia, etc. Pero también es cierto que deba presentar anualmente una declaración de sus rentas e ingresos y los de su unidad familiar de convivencia en impreso – formulario que a este fin se le remita por el Organismo Gestor de su pensión. Por tanto serían correctas tanto la opción b) como la c).
Artículo 149 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

- Las preguntas N.º 40 y N.º 41, no corresponden con el temario exigido en el programa de la convocatoria, ya que recoge la potestad sancionadora en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, pero en ningún caso especifica en desarrollo de esta Ley que tenga que hacerse referencia al Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de donde se extraen las dos preguntas.

- La pregunta N.º 56, según el apartado 1 del Artículo 215 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público: “A los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho periodo de tiempo…”. De lo cual se deduce que la opción correcta es la c) y no la a).

- Con respecto a la pregunta N.º 79, y en referencia al apartado 1 del Artículo 16 de la Constitución Española: “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley”. Dicho artículo queda encuadrado dentro de la Sección 1ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas del Capítulo II del Título I. En conclusión a lo expuesto, la respuesta correcta será la a) y no la c).

La nº27
sobre la 30/92 la respuesta correcta es la b y no la a

Nº39
es la de la indemnizaciónla respuesta correcta es la a, no la b

nº24
jubilación anticipada

Nº53
Certificaciones mensuales en los primeros 10 días del mes siguiente: ninguna de las soluciones es válida

nº 89: las respuestas a) b) y c), son correctas

Nº94
-Aprobación expediente contratación obras de 1 millón de € (94 en el 1): Según la ley de patrimonio 2010, la respuesta a sería correcta.

Hola Admin,

con respecto a la pregunta de las pagas extraordinarias, creo q estas equivocado, y esa pregunta es correcta, ya que no la han sacado del EBEP, sino de la Ley de Presupuestos para el 2010 de la CCAA.

Por lo demas pasame el folio que lo firme jejejjejeje.

Saludos
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Mensaje por anajazira Vie 23 Abr 2010 - 1:34

oid!

¡Una pregunta muy importante!

Yo no me presente al segundo examen, por que estaba lejos del aprobado, bueno, ahora con todas estas impugnadas...¡quien sabe!....El caso es que andaba taaaan hecha polvo, que me sali dek primero sin ganas de hablar con nadie, no queria encontrarme con ninguna persona conocida a la puerta y esta pues fatal.
El caso...
¿me podiais alguien confirmar o desmentir? si es verdad que en el examen, en las instrucciones, ponia muy especificamente que:

"nadie que no haya superado el primero, podra presentarse al segundo"

Es que de ser asi, esos que dicen que, que fue culpa nuestra, por ho habernos presentado al segundo, aun pensando que habimos suspendido el primero, ¡¡¡¡nos estarian engañando!!!

Por favor, ¿alguien podria informarse de esto?
¿Admin?

Yo no me lei todas todas las instrucciones, por que preferi concentrarme en hacer las máximas!
¡¡Pero seria totalmente ilegal, si hubieran puesto esa clausula!!

Si hubieran puesto eso en las instrucciones, entonces el examen ¡¡¡¡habria que invalidarlo sin ningen genero de dudas¡¡¡ ¡¡¡seria ilegal!!!

anajazira
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Mensaje por ANMANM Vie 23 Abr 2010 - 9:32

Lo que realmente decían es que si habías suspendido el primero, entonces no se corregiría el segundo. Es decir, tu eras muy libre de hacer o no el segundo, pero para que se te corrija tenías que aprobar el primero

ANMANM

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Mensaje por Norba Vie 23 Abr 2010 - 9:41

anajazira escribió:oid!

¡Una pregunta muy importante!

Yo no me presente al segundo examen, por que estaba lejos del aprobado, bueno, ahora con todas estas impugnadas...¡quien sabe!....El caso es que andaba taaaan hecha polvo, que me sali dek primero sin ganas de hablar con nadie, no queria encontrarme con ninguna persona conocida a la puerta y esta pues fatal.
El caso...
¿me podiais alguien confirmar o desmentir? si es verdad que en el examen, en las instrucciones, ponia muy especificamente que:

"nadie que no haya superado el primero, podra presentarse al segundo"

Es que de ser asi, esos que dicen que, que fue culpa nuestra, por ho habernos presentado al segundo, aun pensando que habimos suspendido el primero, ¡¡¡¡nos estarian engañando!!!

Por favor, ¿alguien podria informarse de esto?
¿Admin?

Yo no me lei todas todas las instrucciones, por que preferi concentrarme en hacer las máximas!
¡¡Pero seria totalmente ilegal, si hubieran puesto esa clausula!!

Si hubieran puesto eso en las instrucciones, entonces el examen ¡¡¡¡habria que invalidarlo sin ningen genero de dudas¡¡¡ ¡¡¡seria ilegal!!!

Hola, comprendo tu indignación, yo por eso no quise corregir el examen y de hecho no lo hice hasta después de haber hecho el segundo.

En las instrucciones no ponía por ningún lado "nadie que no haya aprobado el primero se podrá presentar al segundo"

En las instrucciones ponía (las tengo en casa) que para PARA CORREGIR el segundo es necesario haber aprobado el primero.

También ponía -en las bases- que el segundo examen sería a las 17:00 horas en el mismo lugar. En nuestra aula nos dijeron que el segundo se realizaría a las 17 horas en la misma aula.
Creo que la gente, a pensar de la pataleta, no se tenía que haber marchado sin saber a ciencia cierta si estaba aprobado o no. También creo que el Tribunal NO debería haber sacado la respuesta hasta después de hacer el segundo, para evitar que la gente se marchara.

Saludos

Norba

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Mensaje por columba Vie 23 Abr 2010 - 10:04

Respecto a la corrección del segundo examen se me plantea una duda:
nos hicieron meter los datos en un sobre cerrado, que iba junto con en el examen en un sobre grande, supuestamente para mantener el anonimato en la corrección, es decir, que el sobre con los datos no debe abrirse hasta después de corregido el examen. Pero si tienen que saber los nombres antes de corregir, puesto que sólo van a corregir los aprobados en el primero, ese anonimato desaparece, y toda la parafernalia del sobre cerrado con los datos es un engaño, ya que tendrá que abrir ese sobre ante de corregir, para saber si has aprobado el primero no.

Es decir, la corrección del segundo examen no va a ser anónima, se va a realizar sabiendo de antemano de quien es el examen que están corrigiendo.

No entiendo como no se advirtió esto cuando se decidió hacer los dos exámenes el mismo día. A mi entender deberían corregirse todos anónimamente, y luego tener en cuenta exclusivamente las calificaciones de los que hayan aprobado el primero.

Los sindicatos deberían decir algo de esto.








e

columba

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Mensaje por paft Vie 23 Abr 2010 - 23:14

Se supone que en el examen deberían de colocarse la pegatina con el código de barras individual de cada persona y ya está, ése debería ser el sistema a seguir. Lo demás la verdad que es sospechoso.

paft

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Mensaje por anajazira Sáb 24 Abr 2010 - 2:01

paft escribió:Se supone que en el examen deberían de colocarse la pegatina con el código de barras individual de cada persona y ya está, ése debería ser el sistema a seguir. Lo demás la verdad que es sospechoso.

¡¡Nos tratan como a niños pequeños!! ¡¡¡Hay que denunciar!! Han creado un grupo de FACEBOOK sobre este asunto, que se llama
Vamos a Joder: Al Presi del Tribunal y compañía le ponía yo este examen....


anajazira
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Mensaje por columba Sáb 24 Abr 2010 - 12:44

Es verdad, no me había dada cuenta de que se pueden seleccionar los sobres de los aprobados en el primero por la pegatina, no hay necesidad de mirar los nombres. Lo de los sobres con los datos sobra, puesto que ya está la pegatina.

columba

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