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devengar el complemento de antiguedad
+4
gato
aninju
patagonia
mai
8 participantes
trabajojunta :: Laborales :: Grupo V :: Camarero limpiador
Página 1 de 1.
devengar el complemento de antiguedad
mi duda es la siguiente: segun una pregunta de examen un trabajador que se incorpora a la junta el 1 de junio de 2002, devengara el primer complemento de antiguedad el 1 de junio de 2005... ¿no deberia ser el 1 de julio de 2005? puesto que el convenio dice que se devengará al mes siguiente a aquel que se cumplan 3 años.
mai- Mensajes : 16
Fecha de inscripción : 18/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Yo creo que tienes razón, sería el 1 julio de 2005. A lo mejor la respuesta está mal.
patagonia- .
- Mensajes : 655
Fecha de inscripción : 09/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
gracias por contestarme
mai- Mensajes : 16
Fecha de inscripción : 18/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
yo creo que una cosa es cuando tiene derecho a el que empieza a contar desde el 1 de junio de 2005 pero sólo lo cobrará en el mes de julio .
aninju- .
- Mensajes : 109
Fecha de inscripción : 17/03/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
yo creo que tienes derecho a el a los 3 años, otra cosa es cuando se cobra, que como bien decis es un mes despues de solicitarlo( pero ojo que la junta no lo hace de oficio, lo tienes que solicitar tú)
gato- .
- Mensajes : 1099
Fecha de inscripción : 11/12/2009
Re: devengar el complemento de antiguedad
entiendo lo que me decis pero, pregunta nº2 del exa.5 de 2004:
Un trabajador que ingreso en la junta de extremadura el dia 1 de junio de 2002.¿en que fecha devengará su 1º complemento de antigüedad? Respuesta. el 1 de junio de 2005.
bien pues yo no lo entiendo .¿como lo interpretais? seria justo un mes depues, no?
Un trabajador que ingreso en la junta de extremadura el dia 1 de junio de 2002.¿en que fecha devengará su 1º complemento de antigüedad? Respuesta. el 1 de junio de 2005.
bien pues yo no lo entiendo .¿como lo interpretais? seria justo un mes depues, no?
mai- Mensajes : 16
Fecha de inscripción : 18/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
los 3 años los cumples el 3 de junio, pero lo empiezas a cobrar en julio,que no tiene nada que ver,cuando lo tienes reconocido con cuando lo cobras. Lo que tienes que tener claro es que cada 3 años tienes un trienio,otra cosa es cuando empiezas a cobrarlo.
gato- .
- Mensajes : 1099
Fecha de inscripción : 11/12/2009
Re: devengar el complemento de antiguedad
SIEMPRE SE COBRA EL MES SIGUIENTE A QUE SE HAGA EFECTIVO EN FECHA.UN SALUDO
AZAFRAN- .
- Mensajes : 490
Fecha de inscripción : 12/03/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
los tres años se cumlen el 31 de mayo por lo que el 1 de junio ya tienes trabajado tres años y un dia que seria el mes siguiente y ya se empezaria a cobrar, otra cosa es que hasta que no pase el mes entero no te lo pagan pero empezar a devengar (contar) el 1 de junio por lo que la respuesta del test y el convenio dicen lo mismo espero os haya quedado claro un saludo
maruchi- .
- Mensajes : 173
Fecha de inscripción : 02/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Una cosa es el devengo y otra la exigibilidad, hasta ahí de acuerdo. La pregunta hace referencia a cuándo se devenga no a cuando lo cobra....Me gustaría maruchi que me explicaras porqué se cumplen el 31 de mayo, si te viene bien.
patagonia- .
- Mensajes : 655
Fecha de inscripción : 09/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Bueno, ya no hace falta, creo que ya lo he cogido. Entonces si se incorpora a trabajar el día 15 de junio, lo devengaría el 15 julio?
patagonia- .
- Mensajes : 655
Fecha de inscripción : 09/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Vamos, en el mes de julio quiero decir.
Saludos!
Saludos!
patagonia- .
- Mensajes : 655
Fecha de inscripción : 09/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Exacto, el 1 de junio estaria reconicido(empezaria a devengar) el trienio, y se cobraria en el mes de julio( un mes despues). La respuesta es correcta en el test.
mora2708- .
- Mensajes : 80
Fecha de inscripción : 25/09/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Muy bien mora, se nota que estas estudiando,que bonito son los tres gatitos.
gato- .
- Mensajes : 1099
Fecha de inscripción : 11/12/2009
Re: devengar el complemento de antiguedad
Esta es la típica pregunta para pillar a la gente. En otros ámbitos (por decirlo de alguna manera) el cómputo de plazos en años suele ir de fecha a fecha, por eso tanta duda.
Por si a alguien no le ha quedado claro, se cuentan 36 meses (3 años) desde la fecha de incorporación (si es con calendario en mano, mejor, se ve más claro). El motivo de que se devengue el trienio el 31 mayo y no el 1 junio, es que el mes de junio de 2002 (primer mes trabajado) también se incluye. Bueno, creo que ya nos ha quedado clarísimo a todos.
Felices fiestas!!!!!!
Por si a alguien no le ha quedado claro, se cuentan 36 meses (3 años) desde la fecha de incorporación (si es con calendario en mano, mejor, se ve más claro). El motivo de que se devengue el trienio el 31 mayo y no el 1 junio, es que el mes de junio de 2002 (primer mes trabajado) también se incluye. Bueno, creo que ya nos ha quedado clarísimo a todos.
Felices fiestas!!!!!!
patagonia- .
- Mensajes : 655
Fecha de inscripción : 09/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Quería decir que los 3 años se cumplen el 31 mayo y se devenga en junio. Por cierto, gracias maruchi por la aclaración, ha servido de muchísimo.
patagonia- .
- Mensajes : 655
Fecha de inscripción : 09/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
me sumo a darles las gracias a maruchi, ha sido una aclaracion perfecta.
mai- Mensajes : 16
Fecha de inscripción : 18/11/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
hola a todos tengo una duda el convenio entra para examen
sandy- Mensajes : 33
Fecha de inscripción : 04/10/2010
Re: devengar el complemento de antiguedad
Hola Sandy pues si el convenio forma parte del tema uno especifico , el personal de limpieza al servicio de la Junta de Extremadura, derechos y obligaciones (que los recoje el convenio)
maruchi- .
- Mensajes : 173
Fecha de inscripción : 02/11/2010
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